Por delito consumado de abuso sexual propio fue condenado un individuo por el Tribunal de Antofagasta
Este jueves fue dictado el veredicto que condena a Eleonor Hermosilla Gómez por abuso sexual propio, hecho ocurrido en marzo de 2020 en la capital regional, la sentencia fue dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.
La decisión del tribunal dio por culpable tras la ocurrencia del delito de abusos sexual propio y la participación del acusado en los hechos, más fue absuelto de la acusación fiscal que lo sindicaba como autor del delito de secuestro.
El acta de deliberación detallo los hechos de la siguiente manera: “Habiendo el acusado llevado engañada a la joven hasta la pieza que arrendaba, para poder concretar los abusos sexuales, no fue posible determinar la existencia del delito de secuestro del artículo 141 del Código Penal, dado que no se comprobó que coactivamente la privara de su libertad, deteniéndola. Por ende, al no haberse probado la existencia de este delito, se impone su absolución por ese ilícito, atentos, además, a lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal… Conforme a los hechos establecidos el tribunal dio por acreditado que pasadas las 17.30 del 21 de marzo de 2020, el acusado Eleonor Hermosilla Gómez ingresó al condominio Don Joaquín, ubicado en el sector Coviefi de Antofagasta, lugar en que abordó a la víctima M.A.C.R., de 23 años, y bajo engaño la llevó a la pieza que arrendaba en el inmueble ubicado en la avenida Argentina, aprovechándose de que la joven padece un retardo mental de leve a moderado. En el trayecto, acusado y víctima fueron captados por cámaras de seguridad… Al llegar a la habitación, Hermosilla Gómez procedió a jugar con ella, para luego desnudarla y realizarle actos de relevancia y significación sexual, sin el consentimiento de la joven. Posteriormente, salieron del lugar y al caminar por calle Simón Bolívar, cerca de las 21.30, fueron vistos por un funcionario de Carabineros, quien estaba al tanto que la familia había denunciado la desaparición de la joven, por lo que se acercó a la pareja, provocando la huida del acusado”.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será rectada por la magistrada Rojas– quedó agendada para las 13 horas del próximo martes 8 de septiembre.